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Normas para perros en Málaga: ADN, pis, cacas, correa y multas

Málaga regula a los perros en su Ordenanza de bienestar, protección y tenencia responsable de animales (2017) y en la Ordenanza de convivencia ciudadana. Esto es lo que dicen, con el artículo y el enlace oficial de cada dato.

Equipo de PralunoActualizado el
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En Málaga hay que recoger las cacas al momento y cuidar de que el perro no haga pis ni caca en las aceras; no hacerlo es una infracción leve, de 75 a 500 €, con la multa más alta en parques, calles peatonales y junto a colegios y centros de salud. Echar agua al pis no es obligatorio. Los perros van siempre con correa (salvo en los parques caninos), los de más de 20 kilos con bozal, y todos necesitan su perfil de ADN en el registro municipal y la chapa numerada en el collar.

Las normas de Málaga, de un vistazo

TemaQué dice la normaMulta
PisNo es obligatorio echar agua; hay que cuidar de que no lo haga en aceras y zonas de paso75-500 € (leve)
CacasRecogerlas en el momento; la multa sube en parques, calles peatonales y junto a colegios75-500 € (leve)
Correa y bozalSiempre con correa de 1,5 a 2 m; más de 20 kg: bozal, correa no extensible y un adulto75-500 € (leve)
Parques caninosSueltos solo en las zonas de esparcimiento; en los parques caninos, con ADN, vacunas y como mucho 3 perros por persona75-500 € (leve, por saltarse sus normas)
ADN y censoMicrochip, perfil de ADN en el registro municipal y chapa numerada en el collar75-500 € (leve, sin ADN o sin chapa)
PlayasProhibidos en playas y piscinas públicas, salvo en las playas de uso canino75-500 € (leve)
Perros potencialmente peligrososLicencia, registro, bozal y correa no extensible de 1 metro como máximo; uno por persona—

Un guion (—) significa que no indicamos importe para ese punto. Las multas son las máximas o los tramos que fija cada norma; el importe final depende del caso.

Pis: ¿hay que echar agua en Málaga?

Las ordenanzas de Málaga no obligan a echar agua sobre el pis del perro. Lo que piden es que quien lo lleva cuide de que no orine ni defeque en las aceras y otros espacios de paso (artículo 19.1 de la Ordenanza de convivencia y artículo 13.4 de la de animales). Además, está prohibido entrar con perros en los parques infantiles, precisamente por el pis y las cacas (artículo 13.6.a).

Incumplirlo es una infracción leve: de 75 a 500 €, que se aplica en su grado máximo en parques y jardines, calles peatonales, zonas con mucha gente o junto a centros educativos y sanitarios (artículo 20.1 de la Ordenanza de convivencia).

Fuente: Ordenanza de animales de Málaga (BOP) · Ordenanza de convivencia de Málaga

¿Y en otras ciudades? Compáralo en el mapa de multas por el pis del perro en España.

Cacas: recogerlas al momento

Quien lleva al perro tiene que recoger sus cacas de inmediato en calles y espacios públicos (artículo 19.1 de la Ordenanza de convivencia y artículo 13.4 de la de animales). No hacerlo es una infracción leve, de 75 a 500 €, y la multa va a su grado máximo si ocurre en parques y jardines, calles peatonales, zonas de mucha afluencia o junto a colegios y centros sanitarios (artículo 20.1).

Málaga es de las pocas ciudades con ADN canino obligatorio. Al aprobarlo, el Ayuntamiento explicó que uno de sus fines era combatir las cacas que se quedan sin recoger en la calle (lo explicamos más abajo).

Fuente: Ordenanza de convivencia de Málaga · Ordenanza de animales de Málaga (BOP)

Correa siempre y bozal a partir de 20 kilos

Todos los perros van con correa, con su identificación y con la chapa del censo canino (artículo 13.2). Las correas y cadenas deben medir entre 1,5 y 2 metros; por la acera el perro va pegado a la correa, que solo se alarga en zonas amplias donde no pueda hacer caer a nadie (artículo 13.3.d).

Los perros de más de 20 kilos llevan bozal de cesta, correa resistente y no extensible, y los tiene que llevar una persona mayor de edad (artículo 13.2 y 13.3, igual que la Ley andaluza 11/2003). Ir sin correa, o con un perro de más de 20 kilos sin bozal o con correa extensible, es leve: de 75 a 500 € (artículos 41.3.22, 41.3.23 y 42).

Fuente: Ordenanza de animales de Málaga (BOP) · Ley andaluza 11/2003 (BOE)

Parques caninos: dónde puede ir suelto

Fuera de las zonas de esparcimiento que señale el Ayuntamiento, el perro va atado (artículo 13.1). Los parques caninos son recintos vallados, con zonas separadas para perros grandes y pequeños y doble puerta (artículo 16). Sus normas (artículo 17):

  • Solo entran perros identificados y censados (microchip y ADN), vacunados y desparasitados, y hay que llevar su documentación.
  • Hay que evitar ir con perras en celo y dejar las puertas siempre cerradas.
  • Recoger las cacas, vigilar al perro y salir si se pone agresivo.
  • Como mucho tres perros por persona, sin juguetes, comida ni alcohol, y nada de adiestramiento.
  • Los perros potencialmente peligrosos, con bozal.

Saltarse estas normas es leve: de 75 a 500 € (artículos 41.3.28 y 42).

Fuente: Ordenanza de animales de Málaga (BOP)

ADN, microchip y chapa del censo canino

Perros, gatos y hurones llevan microchip en los 3 meses siguientes a su nacimiento o en el mes siguiente a su adquisición. El veterinario los inscribe en el Registro Andaluz de Identificación Animal (RAIA), y eso vale como inscripción en el Registro Municipal. Los cambios de datos, la muerte o la cesión se comunican en un mes (artículo 18); la pérdida, mejor de inmediato: la ley estatal de bienestar animal da 48 horas.

Además, en Málaga los perros tienen que tener su perfil genético (ADN): un veterinario les saca una muestra de sangre y el dato se guarda en el Registro Municipal. Como prueba, el dueño recibe una chapa numerada que el perro debe llevar visible en el collar por la calle y un carné (artículos 19 y 20). No comunicar el ADN, o ir sin la chapa ni el carné, es leve: de 75 a 500 € (artículos 41.3.30 y 42).

Fuente: Ordenanza de animales de Málaga (BOP)

Playas: solo las de uso canino

Los perros no pueden estar en las playas ni en las piscinas públicas, salvo en las playas que el Ayuntamiento determine como de uso canino (artículo 13.6.c). Tampoco pueden bañarse en fuentes ornamentales ni beber de las fuentes de agua potable para personas (artículo 13.6.b). Incumplirlo es leve: de 75 a 500 € (artículos 41.3.25, 41.3.26 y 42).

Fuente: Ordenanza de animales de Málaga (BOP)

Perros potencialmente peligrosos (PPP)

Quien pasea un perro potencialmente peligroso tiene que llevar encima la licencia municipal, el documento de inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos y el documento autonómico de identificación (DAIRA). El perro irá con bozal adecuado a su raza y con correa o cadena no extensible de 1 metro como máximo (más corta que el límite estatal de 2 metros), y cada persona solo puede llevar uno. En parques y jardines y cerca de colegios, mercados o zonas deportivas, solo en horas sin mucha gente, y nunca en zonas de juego infantil (artículo 24). La licencia exige un seguro de responsabilidad civil (el mínimo estatal es de 120.000 €).

Fuente: Ordenanza de animales de Málaga (BOP) · Real Decreto 287/2002 (BOE)

Y lo que vale en toda España

Además de lo que diga Málaga, la Ley de bienestar animal obliga en todo el país: perro, gato y hurón con microchip, no dejar a tu perro solo más de 24 horas seguidas, no tenerlo de forma habitual en la terraza o el balcón y recoger y limpiar lo que ensucie en zonas de paso. El seguro obligatorio y el curso para tener perro siguen pendientes de reglamento.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio el ADN del perro en Málaga?
Sí. La ordenanza de 2017 obliga a los dueños de perros que viven en Málaga a registrar su perfil genético (ADN) en el Registro Municipal, con una extracción de sangre hecha por un veterinario. El perro debe llevar en el collar la chapa numerada que lo acredita. No cumplirlo es una infracción leve, de 75 a 500 €.
¿Hay que echar agua al pis del perro en Málaga?
No es obligatorio. Las ordenanzas piden cuidar de que el perro no orine ni defeque en aceras y zonas de paso, y prohíben entrar con él en los parques infantiles.
¿Cuánto es la multa por no recoger la caca del perro en Málaga?
De 75 a 500 €. Se aplica en su grado máximo si ocurre en parques, jardines, calles peatonales, zonas con mucha gente o junto a colegios y centros sanitarios.
¿Necesita bozal mi perro en Málaga?
Si pesa más de 20 kilos, sí: bozal de cesta, correa resistente no extensible y llevado por un adulto. También los perros potencialmente peligrosos, pesen lo que pesen.

Fuentes consultadas

  1. Ordenanza Municipal Reguladora de Bienestar, Protección y Tenencia Responsable de Animales de Málaga (art. 13, 16-20, 24, 41 y 42). BOP de Málaga núm. 70, de 12 de abril de 2017.
  2. Ordenanza para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la Ciudad de Málaga (art. 19 y 20).
  3. Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales de Andalucía (art. 12). BOE.
  4. Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que desarrolla la Ley 50/1999 sobre animales potencialmente peligrosos (art. 3 y 8). BOE.

Escrito por el equipo de Praluno
Contrastamos cada guía con el texto oficial de cada norma (BOE, boletines provinciales y webs municipales), que citamos al final. Última revisión: 21 de octubre de 2026. Cómo trabajamos.

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