Con el artículo y la fuente oficial de cada ciudad

Multas por el pis del perro en España: mapa por ciudades

¿Hay que echar agua al pis del perro en tu ciudad? Lo hemos comprobado en el texto oficial de cada ordenanza: quién lo exige, desde cuándo, con qué y de cuánto es la multa.

Equipo de PralunoActualizado el
Respuesta rápida

De las 12 grandes ciudades que hemos revisado, 7 obligan ya a echar agua (o un líquido limpiador) sobre el pis del perro: Alicante, Barcelona, Bilbao, Sevilla, Valencia, Valladolid y Zaragoza. Las multas van de hasta 300 € en Barcelona a hasta 3.000 € en Bilbao. En Vitoria-Gasteiz será obligatorio cuando se apruebe su nueva ordenanza, y en Córdoba, Elche, Madrid y Málaga no hay que echar agua, aunque sí se multa que el perro orine en portales, aceras o zonas infantiles.

Mapa de las ciudades que obligan a echar agua al pis del perroObligan a echar agua: Alicante, Barcelona, Bilbao, Sevilla, Valencia, Valladolid, Zaragoza. Los datos completos están en la tabla de debajo.Alicante: Obligatorio echar agua. Hasta 450 € (leve)AlicanteBarcelona: Obligatorio echar agua. Hasta 300 € (grave)BarcelonaBilbao: Obligatorio echar agua. 100-3.000 € (leve)BilbaoSevilla: Obligatorio echar agua. 75-500 € (leve)SevillaValencia: Obligatorio echar agua. Hasta 750 € (leve)ValenciaValladolid: Obligatorio echar agua. 150-600 € (leve)ValladolidZaragoza: Obligatorio echar agua. 50-750 € (leve)ZaragozaVitoria-Gasteiz: Aprobado, aún no en vigor. 200 € (cuando entre en vigor)Vitoria-GasteizCórdoba: No obligatorio. —CórdobaElche: No obligatorio. Desde 120 € (hasta 750 €)ElcheMadrid: No obligatorio. Hasta 750 € (en esos lugares)MadridMálaga: No obligatorio. 75-500 € (leve)Málaga
Obligatorio echar aguaAprobado, aún no en vigorNo obligatorioCanarias, abajo a la derecha. Toca una ciudad para ver sus normas.

Ciudad por ciudad: qué exige, desde cuándo y multa

CiudadQué exige (norma y fuente)DesdeMulta
AlicanteObligatorio echar agua Diluir el pis con agua suficiente (llevar recipiente con líquido)Ordenanza de Limpieza de 2025, art. 15.3 y 96 (antes, ordenanza de animales de 2020, art. 31) · Ordenanza de limpieza de Alicante2020Hasta 450 € (leve)
BarcelonaObligatorio echar agua Diluir el pis con aguaOrdenanza de animales, art. 23.1.d, 59.3.b y 60 (reforma de 2026) · Texto de la reforma de 2025Febrero de 2026Hasta 300 € (grave)
BilbaoObligatorio echar agua Eliminar con agua el pis en fachadas, suelo y mobiliarioOrdenanza de animales, art. 9.3, 36.I.7 y 37 · Ordenanza de animales de BilbaoMayo de 2025100-3.000 € (leve)
SevillaObligatorio echar agua Rebajar con agua el pis en la vía públicaOrdenanza de animales, art. 12.4, 45.3.n y 46 · Ordenanza de Sevilla (BOP)202075-500 € (leve)
ValenciaObligatorio echar agua Limpiar el pis con agua y llevar botellaOrdenanza de Limpieza Urbana, art. 20.2, 79.6 y 82 · Ordenanza de limpieza (BOP 22-5-2026)Junio de 2026Hasta 750 € (leve)
ValladolidObligatorio echar agua Limpiar con agua jabonosa el pis en fachadas y mobiliarioOrdenanza de convivencia responsable y protección animal, art. 12.1.c, 51.4.f y 52 · Ordenanza de Valladolid (BOP)Noviembre de 2018150-600 € (leve)
ZaragozaObligatorio echar agua Diluir el pis con líquido desinfectante (llevar recipiente)Ordenanza cívica y de convivencia, art. 16, 43.g y 45 · Ordenanza cívica (BOPZ 10-9-2026)Septiembre de 202650-750 € (leve)
Vitoria-GasteizAprobado, aún no en vigor Limpiar el pis con agua, con la nueva ordenanza (aprobada inicialmente el 25-9-2026)Nueva ordenanza de animales, en tramitación · Ayuntamiento: nueva ordenanza (2026)Prevista para 2027200 € (cuando entre en vigor)
CórdobaNo obligatorio Hay que impedir que lo haga en aceras, parterres y zonas verdesOrdenanza de Higiene Urbana, art. 79.1 · Ordenanza de higiene urbana (BOP)——
ElcheNo obligatorio Prohibido que lo haga en aceras, parterres, zonas verdes y mobiliarioOrdenanza de Limpieza, art. 34 y 152 · Ordenanza de limpieza de Elche—Desde 120 € (hasta 750 €)
MadridNo obligatorio Se recomienda echar agua. Prohibido en portales, zonas infantiles y arenerosOrdenanza de Limpieza 12/2022, art. 15.3, 95.3.t y 96 · Ordenanza de Limpieza (BOCM)—Hasta 750 € (en esos lugares)
MálagaNo obligatorio Hay que evitar que lo haga en aceras y zonas de pasoOrdenanza de convivencia, art. 19.1 y 20.1 · Ordenanza de convivencia de Málaga—75-500 € (leve)

Un guion (—) significa que no hay obligación o que no indicamos importe. Las multas son las máximas o las horquillas de cada norma; el importe final depende del caso.

Qué hay que echar: agua, agua jabonosa o líquido desinfectante

Cada ordenanza lo dice a su manera:

  • Agua. Barcelona obliga a diluir el pis con agua; Valencia, a limpiarlo con agua y a llevar una botella; Sevilla, a rebajar con agua su impacto; Bilbao, a eliminarlo con agua en fachadas, suelo pavimentado y mobiliario urbano, y Alicante, a diluirlo con agua suficiente y a llevar un recipiente con líquido.
  • Agua jabonosa u otro método que garantice la limpieza: Valladolid, cuando el perro orina en una fachada o en el mobiliario urbano.
  • Líquido desinfectante, en un recipiente que hay que llevar encima: Zaragoza.

Es decir: en cinco de las siete basta con agua; en Valladolid y Zaragoza, la norma pide agua jabonosa o un líquido desinfectante. Las personas con perro guía o de asistencia están exentas en varias de ellas (Barcelona, Valencia, Sevilla y Alicante lo dicen expresamente).

Dónde no puedes dejar que haga pis, aunque no haya que echar agua

Muchas ciudades multan que el perro orine en ciertos sitios, obliguen o no a echar agua después:

  • Portales y puertas de edificios y locales: Madrid, Valencia, Zaragoza y Alicante.
  • Fachadas y mobiliario urbano: Barcelona (hasta 150 €), Zaragoza, Valladolid y Elche, que añade esquinas y soportales.
  • Zonas infantiles y areneros: Madrid, Valencia, Málaga, Alicante y Valladolid. En Barcelona, el pis o la caca en un parque infantil es infracción muy grave, de hasta 900 €.
  • Aceras, parterres y zonas verdes: Málaga, Córdoba, Sevilla y Elche piden evitarlo o lo prohíben.
  • Contenedores, papeleras y bancos: Alicante.

El detalle de cada ciudad, con su artículo, está en su página de normas (enlazada en la tabla).

Y la ley estatal, ¿qué dice?

La Ley 7/2023 de bienestar animal obliga en toda España a evitar que el perro haga sus necesidades en lugares de paso, como fachadas, puertas o entradas de establecimientos, y a retirar o limpiar lo que ensucie con productos biodegradables (artículo 26.e). En la calle, quienes multan por el pis y las cacas son los ayuntamientos, con sus ordenanzas, y por eso cambia tanto de una ciudad a otra.

Cómo hemos hecho este mapa

Hemos leído el texto oficial vigente de cada ordenanza, en el boletín oficial de la provincia o en la web del ayuntamiento, y anotado el artículo que obliga (o no) a echar agua, el que tipifica la infracción y el que fija la multa. Las multas son las máximas o las horquillas que marca cada norma: el importe final depende del caso, y algunas ciudades lo rebajan si pagas pronto o reconoces la infracción.

Solo incluimos una ciudad cuando hemos comprobado cada dato. Estamos revisando más ciudades y actualizaremos el mapa cuando cambie alguna ordenanza. Si ves un dato desactualizado, escríbenos a contacto@praluno.com.

Preguntas frecuentes

¿Es obligatorio echar agua al pis del perro en España?
No hay una norma estatal que obligue a echar agua: lo decide cada ayuntamiento. La Ley de bienestar animal sí pide evitar que el perro orine en fachadas, puertas y entradas de establecimientos y limpiar con productos biodegradables lo que ensucie en zonas de paso. Ciudades como Barcelona, Valencia, Sevilla, Zaragoza, Bilbao, Alicante y Valladolid ya obligan a echar agua o un líquido limpiador.
¿De cuánto es la multa por no echar agua al pis del perro?
Depende de la ciudad. En las que lo hemos comprobado va de hasta 300 € en Barcelona a una horquilla de 100 a 3.000 € en Bilbao. En Valencia y Zaragoza llega a 750 €, en Valladolid es de 150 a 600 € y en Alicante, de hasta 450 €.
¿Vale cualquier líquido para limpiar el pis del perro?
Cada ordenanza lo dice a su manera: Barcelona, Valencia, Sevilla, Bilbao y Alicante hablan de agua; Valladolid, de agua jabonosa u otro método que deje el sitio limpio, y Zaragoza, de un recipiente con líquido desinfectante.
¿Me pueden multar si mi perro hace pis en un portal o en una fachada?
Sí, en muchas ciudades aunque no obliguen a echar agua. Madrid lo prohíbe en las puertas de edificios y locales, zonas infantiles y areneros; Barcelona, en fachadas y mobiliario urbano; y Málaga, Córdoba y Elche piden evitar que lo haga en aceras y zonas de paso.
¿Hay que echar agua al pis del perro en Madrid?
No es obligatorio: el Ayuntamiento lo recomienda. Lo que sí multa la Ordenanza de Limpieza es que el perro haga pis o caca en portales, zonas infantiles y areneros.

Fuentes consultadas

  1. Ordenanza de Limpieza de los Espacios Públicos y de Gestión de Residuos de Alicante (art. 15, 88, 94 y 96). Pleno de 27 de marzo de 2025; BOP de Alicante núm. 82, de 2 de mayo de 2025.
  2. Reforma de la Ordenanza de medidas para fomentar y garantizar la convivencia ciudadana: texto definitivo (disposición final tercera, que modifica los art. 23.1.d y 59.3.b de la ordenanza de animales).
  3. Ordenanza Municipal Reguladora de la Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de los Animales de Compañía de Bilbao (art. 4, 5, 7-9, 12, 36, 37, 41, 43 y 46). Aprobada el 27 de marzo de 2025; Boletín Oficial de Bizkaia de 9 de abril de 2025; en vigor desde el 7 de mayo de 2025.
  4. Ordenanza Municipal de Protección, Bienestar y Tenencia Responsable de Animales de Sevilla (art. 10, 12, 15, 19, 45 y 46). BOP de Sevilla núm. 53, de 5 de marzo de 2020.
  5. Ordenanza municipal de limpieza urbana y recogida de residuos de València, texto modificado (art. 20, 79, 80 y 82). BOP de Valencia núm. 96, de 22 de mayo de 2026.
  6. Ordenanza reguladora de la Convivencia responsable y Protección Animal de la Ciudad de Valladolid (art. 11, 12, 14, 21, 23, 51 y 52). Pleno de 2 de octubre de 2018; BOP de Valladolid núm. 203, de 22 de octubre de 2018.
  7. Ordenanza municipal cívica y de convivencia ciudadana de Zaragoza (art. 16, 43 y 45). BOPZ núm. 208, de 10 de septiembre de 2026.
  8. Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz: «Aprobada inicialmente en Pleno la nueva Ordenanza de animales» (nota de prensa, 25 de septiembre de 2026).
  9. Ordenanza Municipal de Higiene Urbana de Córdoba (art. 49, 79 y 80). Pleno de 15 de marzo de 2016; BOP de Córdoba núm. 73, de 19 de abril de 2016.
  10. Ordenanza Municipal de Limpieza de Elche (art. 14, 32-35 y 152). Pleno de 24 de febrero de 2003; BOP de Alicante de 21 de marzo de 2003, modificada en el BOP de 14 de noviembre de 2007.
  11. Ordenanza 12/2022, de 20 de diciembre, de Limpieza de los Espacios Públicos, Gestión de Residuos y Economía Circular (art. 15, 95 y 96). BOCM núm. 312, de 31 de diciembre de 2022.
  12. Ordenanza para la Garantía de la Convivencia Ciudadana y la Protección del Espacio Urbano en la Ciudad de Málaga (art. 19 y 20).
  13. Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales (art. 26.e). BOE.

Escrito por el equipo de Praluno
Contrastamos cada guía con el texto oficial de cada norma (BOE, boletines provinciales y webs municipales), que citamos al final. Última revisión: 21 de octubre de 2026. Cómo trabajamos.

Normas para perros en cada ciudad