Córdoba · Andalucía

Normas para perros en Córdoba: cacas, correa, bozal y multas

Córdoba regula a los perros en su Ordenanza de higiene urbana (2016) y en la de control animal (1993), y en lo demás se aplica la Ley andaluza de protección de los animales. Esto es lo que dicen, con el artículo y el enlace oficial de cada dato.

Equipo de PralunoActualizado el
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En Córdoba hay que llevar bolsa y recoger las cacas del perro; no hacerlo es una infracción leve de la ley andaluza, de 75 a 500 €. Echar agua al pis no es obligatorio, pero hay que impedir que haga sus necesidades en aceras, parterres y zonas verdes. Los perros van siempre con correa, y los de más de 20 kilos, con bozal, correa no extensible y llevados por un adulto. Pueden ir sueltos en las Zonas de Expansión Canina de Sadeco.

Las normas de Córdoba, de un vistazo

TemaQué dice la normaMulta
PisNo hay obligación de echar agua; hay que impedir que haga sus necesidades en aceras, parterres y zonas verdes—
CacasLlevar bolsa, recoger al momento y tirarla al contenedor de orgánico o a una papelera75-500 € (leve)
Correa y bozalTodos con correa; más de 20 kg: bozal, correa resistente no extensible y un adulto75-500 € (leve)
Zonas caninasMás de una decena de recintos vallados donde el perro puede ir suelto—
Microchip y registroMicrochip en 3 meses y registro en 3 meses desde el nacimiento o 1 mes desde la adquisición—
Perros potencialmente peligrososLicencia, seguro, bozal y correa de menos de 2 m; uno por persona—

Un guion (—) significa que no indicamos importe para ese punto. Las multas son las máximas o los tramos que fija cada norma; el importe final depende del caso.

Pis: ¿hay que echar agua en Córdoba?

Las ordenanzas de Córdoba no obligan a echar agua sobre el pis del perro. Lo que pide la Ordenanza de higiene urbana es impedir que el perro haga sus necesidades en calzadas, aceras, parterres, zonas verdes o terrizas y demás espacios de paso o estancia de personas (artículo 79.1), y llevarlo a los lugares preparados para ello (artículos 49 y 80).

Fuente: Ordenanza de higiene urbana (BOP)

¿Y en otras ciudades? Compáralo en el mapa de multas por el pis del perro en España.

Cacas: bolsa y recogida

Quien lleva al perro tiene que llevar bolsa o envoltorio, recoger las cacas al momento y tirarlas al contenedor de residuos orgánicos o, si no hay, a una papelera (artículo 49 de la Ordenanza de higiene urbana). También vale meterlas en la bolsa de basura de casa o, sin envoltorio, en los sumideros y lugares habilitados (artículo 80).

La ley andaluza de protección de los animales considera infracción leve no recoger de inmediato los excrementos en la vía pública: de 75 a 500 €, y la sanciona el Ayuntamiento (artículos 40.f, 41 y 44 de la Ley 11/2003).

Fuente: Ordenanza de higiene urbana (BOP) · Ley andaluza 11/2003 (BOE)

Correa siempre y bozal desde 20 kilos

En la calle, todos los perros van sujetos con correa y con su identificación; los de más de 20 kilos, además, con bozal, correa resistente y no extensible y llevados por una persona mayor de edad (artículo 12.2 de la Ley andaluza 11/2003). La ordenanza municipal de control animal pide también collar con la medalla o chapa de control, y bozal cuando la peligrosidad del perro lo aconseje (artículo 9). Incumplir las obligaciones de la ley andaluza que no tengan otra calificación es leve: de 75 a 500 € (artículos 40.g y 41).

Fuente: Ley andaluza 11/2003 (BOE) · Ordenanza de control animal (Sadeco)

Zonas de Expansión Canina (ZEC)

La ley andaluza obliga a los ayuntamientos a habilitar en parques y jardines espacios señalizados para el paseo y el esparcimiento de los perros (artículo 15). En Córdoba son las Zonas de Expansión Canina (ZEC) que gestiona Sadeco, la empresa municipal de limpieza: recintos cerrados donde los perros pueden ir sueltos, bajo la supervisión de sus dueños. La primera se abrió en enero de 2017 en el Parque Cruz Conde y hoy hay más de una decena, con valla de 1,5 metros, dos zonas según el tamaño del perro, doble puerta y bebederos.

Fuente: Ley andaluza 11/2003 (BOE) · Sadeco: zonas de expansión canina

Microchip y Registro Municipal

Perros y gatos se identifican con microchip, puesto por un veterinario, en los 3 meses siguientes a su nacimiento (artículo 17 de la Ley 11/2003). Hay que inscribirlos en el Registro Municipal de Animales de Compañía en los 3 meses siguientes al nacimiento o en el mes siguiente a la adquisición o al cambio de residencia, y pedir la baja en el mes siguiente a su muerte, pérdida o transmisión (artículo 18). Si se pierde, mejor avisar cuanto antes: la ley estatal de bienestar animal da 48 horas.

Fuente: Ley andaluza 11/2003 (BOE)

Perros potencialmente peligrosos (PPP)

Si tu perro es potencialmente peligroso, necesitas licencia municipal (con un seguro de responsabilidad civil de al menos 120.000 €) e inscribirlo en el registro municipal de estos animales. En la calle irá con bozal y correa no extensible de menos de 2 metros, y cada persona solo puede llevar uno (Real Decreto 287/2002, artículos 3 y 8).

Fuente: Real Decreto 287/2002 (BOE)

Y lo que vale en toda España

Además de lo que diga Córdoba, la Ley de bienestar animal obliga en todo el país: perro, gato y hurón con microchip, no dejar a tu perro solo más de 24 horas seguidas, no tenerlo de forma habitual en la terraza o el balcón y recoger y limpiar lo que ensucie en zonas de paso. El seguro obligatorio y el curso para tener perro siguen pendientes de reglamento.

Preguntas frecuentes

¿Hay que echar agua al pis del perro en Córdoba?
No es obligatorio. La Ordenanza de higiene urbana pide impedir que el perro haga sus necesidades en aceras, parterres, zonas verdes y espacios de paso.
¿Cuánto es la multa por no recoger la caca del perro en Córdoba?
Es una infracción leve de la Ley andaluza de protección de los animales: de 75 a 500 €. La pone el Ayuntamiento.
¿Dónde puede ir suelto mi perro en Córdoba?
En las Zonas de Expansión Canina (ZEC), recintos vallados que gestiona Sadeco en varios parques de la ciudad. En el resto, siempre con correa.
¿Necesita bozal mi perro en Córdoba?
Si pesa más de 20 kilos, sí: lo exige la ley andaluza, junto con una correa resistente no extensible y que lo lleve un adulto. También los perros potencialmente peligrosos.

Fuentes consultadas

  1. Ordenanza Municipal de Higiene Urbana de Córdoba (art. 49, 79 y 80). Pleno de 15 de marzo de 2016; BOP de Córdoba núm. 73, de 19 de abril de 2016.
  2. Ordenanza Municipal de Control Animal de Córdoba (art. 9 y 10). BOP de Córdoba núm. 230, de 5 de octubre de 1993 (copia publicada por Sadeco).
  3. Ley 11/2003, de 24 de noviembre, de Protección de los Animales de Andalucía (art. 12, 15, 17, 18, 40, 41 y 44). BOE.
  4. Sadeco, empresa municipal de Córdoba: Zonas de Expansión Canina (ZEC).
  5. Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, que desarrolla la Ley 50/1999 sobre animales potencialmente peligrosos (art. 3 y 8). BOE.

Escrito por el equipo de Praluno
Contrastamos cada guía con el texto oficial de cada norma (BOE, boletines provinciales y webs municipales), que citamos al final. Última revisión: 21 de octubre de 2026. Cómo trabajamos.

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