Leyes y normas

Ley de bienestar animal: lo que tienes que hacer si tienes perro o gato

La Ley 7/2023 de protección de los derechos y el bienestar de los animales está en vigor desde el 29 de septiembre de 2023. Una parte ya se aplica y otra espera a un reglamento. Esto es lo que tienes que hacer hoy si vives con un perro o un gato, con el artículo de cada obligación.

Equipo de PralunoActualizado el 6 min de lectura
Labrador retriever
Foto: IDS.photos from Tiverton, UK · CC BY-SA 2.0 · Wikimedia Commons
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Si tienes perro o gato, la ley ya te obliga a tenerlo con microchip y registrado, a no dejar a tu perro solo más de 24 horas seguidas (a otros animales, más de 3 días), a no tenerlo de forma habitual en la terraza, el balcón o el patio, a esterilizar a tus gatos antes de los 6 meses, a avisar en 48 horas si se pierde y a no usar collares eléctricos ni de ahogo. Las multas van de 500 a 200.000 €. El seguro y el curso para tener perro todavía esperan su reglamento.

Lo esencial
  • Microchip y registro obligatorios para perros, gatos y hurones.
  • Perros: no más de 24 horas seguidas sin supervisión. Otros animales: no más de 3 días.
  • Prohibido tenerlos de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos.
  • Prohibidos los collares eléctricos, de impulsos, de castigo y de ahogo.
  • El seguro y el curso para tener perro están en la ley, pero aún no se pueden exigir.

Qué es la Ley 7/2023 y desde cuándo se aplica

Es la ley estatal de protección de los derechos y el bienestar de los animales. Se publicó en el BOE el 29 de marzo de 2023 y entró en vigor seis meses después, el 29 de septiembre de 2023 (disposición final novena). Es una ley básica: se aplica en toda España, y las comunidades autónomas y los ayuntamientos la completan con sus propias leyes y ordenanzas.

Protege a los animales de compañía y a los silvestres en cautividad. Quedan fuera, entre otros, los perros de caza, las rehalas y los animales auxiliares de caza, los perros pastores y de guarda del ganado, los de rescate y los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de las Fuerzas Armadas, que se rigen por sus propias normas (artículo 1.3).

Lo que tienes que hacer si tienes perro o gato

  1. Microchip y registro. Perros, gatos y hurones se identifican con microchip y se inscriben en el registro de animales de compañía de tu comunidad autónoma (artículo 51.2). Si viene de otro país de la UE, conserva su pasaporte original.
  2. Cuidarlo bien. Integrado en la familia siempre que su especie lo permita, sano y limpio, con el veterinario cuando lo necesite y los tratamientos que sean obligatorios (artículos 24.2 y 26).
  3. Vigilarlo y evitar que se escape. Y nunca dejarlo solo en un coche cerrado con un calor o un frío que pongan en riesgo su vida (artículo 24.2.c y d).
  4. Avisar si se pierde o te lo roban, como máximo en 48 horas (artículo 24.2.g).
  5. Recoger y limpiar. Evitar que haga sus necesidades en zonas de paso, fachadas, portales o entradas de establecimientos y, si las hace, recogerlas o limpiar con productos biodegradables (artículo 26.e). Cada ayuntamiento lo concreta en su ordenanza.
  6. Evitar camadas no deseadas. Solo pueden criar las personas inscritas como criadoras en el registro (artículo 26.d).
  7. Esterilizar a los gatos antes de los 6 meses, salvo los reproductores de un criador registrado (artículo 26.i).
  8. Responder de lo que haga. Tienes que evitar que moleste o cause daños, y eres responsable de los que cause, salvo provocación o negligencia de otra persona (artículos 24.3 y 26.c).

Lo que está prohibido

ProhibidoArtículo
Dejar a un perro solo más de 24 horas seguidas; a otros animales de compañía, más de 3 días27.i
Tener a perros y gatos de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios o vehículos27.e
Dejarlos atados o sueltos en espacios públicos sin supervisión presencial27.d
Atarlos a un punto fijo para limitar su movimiento, salvo por prescripción veterinaria25.l
Usar collares eléctricos, de impulsos, de castigo o de ahogo, o herramientas que puedan herirles27.ñ
Cortarles las orejas o la cola, u otras mutilaciones, salvo por motivo veterinario27.b
Llevarlos atados a un vehículo a motor en marcha27.f
Abandonarlos25.c
Vender perros, gatos y hurones en tiendas: solo pueden venderlos criadores registrados27.l
Regalar, vender o dar en adopción animales sin identificar a nombre de quien los entrega27.m
Usar animales como premio, rifa o reclamo25.j

Si tienes gato: lo que cambia

  • Microchip y esterilización antes de los 6 meses para todos los gatos, salvo los reproductores de criadores registrados (artículo 26.i).
  • No más de 3 días sin supervisión (artículo 27.i).
  • Que no ande suelto por la calle sin control. Si tu gato sale de casa, la ley pide que no deambule por espacios públicos sin supervisión y que esté siempre localizado e identificado (artículos 27.d y 24.2.f).
  • Gatos callejeros. La ley llama «gatos comunitarios» a los que viven libres en colonias y encarga su gestión a los ayuntamientos. Está prohibido abandonar gatos en una colonia o soltarlos en otra, y quien pasea a su perro debe evitar que moleste o ponga en riesgo a la colonia (artículos 41 y 42). Si quieres ayudar a una colonia, hazlo a través del programa de tu ayuntamiento o de una protectora: muchas ordenanzas no permiten dar de comer a animales en la calle por tu cuenta. En Madrid, por ejemplo, dar de comer a animales ensuciando la calle es una infracción grave de la Ordenanza de Limpieza, con multa de 751 a 1.500 €.

Multas y cuándo es delito

La ley clasifica las infracciones en leves, graves y muy graves (artículos 73 a 76):

TipoMultaAlgunos ejemplos
LeveApercibimiento o de 500 a 10.000 €Incumplir una obligación o prohibición sin causar daño al animal
GraveDe 10.001 a 50.000 €No identificarlo; abandonarlo; tenerlo de forma permanente en terraza, balcón o patio; métodos violentos para educarlo
Muy graveDe 50.001 a 200.000 €Incumplimientos que causen su muerte; peleas; vender perros, gatos o hurones en tiendas

Además, el maltrato que causa lesiones o la muerte y el abandono que pone en peligro al animal son delito: el Código Penal, reformado por la Ley Orgánica 3/2023, los castiga con prisión o multa e inhabilitación para tener animales (artículos 340 bis y 340 ter).

Las cosas del día a día, como no recoger las cacas, llevar al perro suelto donde no se puede o el pis en las fachadas, las multa sobre todo tu ayuntamiento con su ordenanza. Mira las normas de cada ciudad.

Lo que la ley dice pero todavía no se aplica

Varias obligaciones dependen de un reglamento que el Gobierno no ha aprobado. A 21 de octubre de 2026 no se ha publicado en el BOE; el Ministerio de Derechos Sociales sacó un borrador a audiencia pública en junio de 2025.

  • Seguro de responsabilidad civil para todos los perros (artículo 30.3). La Dirección General de Seguros aclaró que no se puede exigir hasta que haya reglamento, salvo que lo pida tu comunidad o tu ayuntamiento. Te lo contamos en seguro obligatorio para perros.
  • Curso para tener perro (artículo 30.1). Será gratuito y valdrá para siempre; el borrador habla de 4 horas como mínimo y un test. Todo en curso obligatorio para tener perro.
  • Revisión veterinaria periódica (artículo 24.2.e). El borrador propone una revisión al año para perros, gatos y hurones.
  • Formación en tenencia responsable para cada especie (artículo 26.h) y el listado positivo de animales que se pueden tener como mascota (artículo 35).

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo puede estar un perro solo según la ley?
Como máximo 24 horas seguidas sin supervisión (artículo 27.i de la Ley 7/2023). Para otros animales de compañía, como los gatos, el límite es de 3 días. Es un tope legal, no una recomendación: un perro necesita salir y tener compañía varias veces al día.
¿Puedo tener a mi perro en la terraza o en el patio?
No de forma habitual. La ley prohíbe mantener a perros y gatos de forma habitual en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o en vehículos (artículo 27.e), y tenerlos ahí de forma permanente es una infracción grave (artículo 74.o). Salir a la terraza un rato no es lo que se prohíbe.
¿Se aplica la ley de bienestar animal a los perros de caza?
No. La Ley 7/2023 deja fuera a los perros de caza, rehalas y animales auxiliares de caza, y también a los perros pastores y de guarda del ganado, los de rescate o los de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (artículo 1.3). Se rigen por la normativa estatal y autonómica que les corresponde.
¿Es obligatorio esterilizar a los gatos?
Sí. La ley obliga a identificar con microchip y esterilizar a todos los gatos antes de los 6 meses, salvo los inscritos como reproductores a nombre de un criador registrado (artículo 26.i).
¿Puedo llevar a mi perro suelto?
Depende de tu ayuntamiento: cada ordenanza dice dónde y a qué horas. Lo que prohíbe la ley estatal es dejarlo atado o suelto en un espacio público sin que nadie lo supervise en persona (artículo 27.d).
¿Cuáles son las multas de la ley de bienestar animal?
Leves: apercibimiento o de 500 a 10.000 €. Graves: de 10.001 a 50.000 €. Muy graves: de 50.001 a 200.000 € (artículo 76). Las ordenanzas municipales tienen además sus propias multas para cosas como no recoger las cacas.

Fuentes consultadas

  1. Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales. BOE.
  2. Ley Orgánica 3/2023, de 28 de marzo, de modificación del Código Penal en materia de maltrato animal. BOE.
  3. Nota informativa de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones y la Dirección General de Derechos de los Animales sobre el seguro de los perros (18 de septiembre de 2023).
  4. Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030: Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el reglamento de la Ley 7/2023 (borrador de junio de 2025).
  5. Ordenanza 12/2022 de Limpieza de los Espacios Públicos de Madrid (art. 95 y 96). BOCM núm. 312, de 31 de diciembre de 2022.

Escrito por el equipo de Praluno
Contrastamos cada guía con el texto oficial de cada norma (BOE, boletines provinciales y webs municipales), que citamos al final. Última revisión: 21 de octubre de 2026. Cómo trabajamos.